Sociedad

Certificado Único de Discapacidad: el Gobierno estableció los criterios para obtenerlo sin vencimiento

La Agencia Nacional de Discapacidad (ANDIS) reglamentó los requerimientos que integran la Resolución 1654/2024, publicada en el Boletín Oficial.

A través de la Resolución 1654/2024 publicada este martes en el Boletín Oficial, el Gobierno estableció nuevos criterios a la hora de emitir el Certificado Único de Discapacidad (CUD) que oficializan la posibilidad de obtenerlo sin vencimiento. La Agencia Nacional de Discapacidad (ANDIS) fue la entidad que reglamentó los detalles y requerimientos.

En los considerandos de la medida se considera “fundamental” que el Estado implemente políticas públicas que garanticen que las personas con discapacidad puedan «ejercer su libertad de elección” y «participar activamente en las decisiones que influyen en sus vidas». «Se respeta su autonomía e integridad, fomentando la inclusión y el respeto hacia sus derechos”, se especificó.

En esta misma línea, el Gobierno espera “simplificar y desburocratizar” los trámites de los portadores del CUD. Para ello, se actualizará de manera sistemática los datos de personas certificadas para garantizar un seguimiento continuo y adecuado de sus necesidades y sus derechos. Como resultado, los portadores podrán solicitar el no vencimiento y, cuando se produzca un cambio en el perfil de funcionamiento de con discapacidad, solo necesitarán actualizar su certificado.

Nuevos criterios para la emisión del Certificado Único de Discapacidad

Dentro de la Resolución 1654/2024, se detallaron tres criterios claves para emitir el CUD.

  • En primer lugar, se contemplan las “renovaciones previas”: personas que al momento de la evaluación tengan emitidos previamente dos certificados; cuyo perfil de funcionamiento e impacto en la vida cotidiana se mantenga constante a lo largo del tiempo; haciendo hincapié en el calificador de capacidad del componente Actividad y Participación (CIF).
  • En segunda instancia, menciona a la “persona mayor”. Se trata de aquellas personas que, al momento de la evaluación, tengan más de 60 años y mantengan sus estructuras y funciones corporales en condiciones constantes durante al menos cinco años.
  • Por último, se hace referencia a la “necesidad de equipamiento permanente”; personas que al momento de la evaluación requieran de equipamiento y/o dispositivos de uso permanente para preservar las funciones vitales.

Para habilitar este sistema, la ANDIS dispuso que la Dirección de Modernización e Informática (DMEI) “deberá proveer los mecanismos necesarios para actualizar la estrategia de servicios y trámites en línea”.

Fuente: https://www.el1digital.com.ar

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