Proponen una nueva ley de acceso a la información pública bonaerense
Se presentó un proyecto legislativo destinado a mejorar la transparencia y fomentar la participación ciudadana en la provincia de Buenos Aires. La iniciativa busca establecer un sistema más amplio para el acceso a datos gubernamentales.
La diputada bonaerense Silvina Vaccarezza presentó un proyecto de ley para asegurar el derecho de acceso a la información pública. El objetivo es promover la participación ciudadana en los asuntos públicos y la transparencia en la gestión.
“El acceso a la información es un derecho humano y está garantizado por la Constitución en Argentina. Sin embargo, requiere de regulaciones tanto a nivel nacional como subnacional para su efectiva implementación”, explicó María Gracia Andía, titular del Órgano Garante del Derecho de Acceso a la Información de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (OGDAI), en diálogo con el programa radial «Todas las cosas» de Radio Si.
La iniciativa propone derogar la Ley 12.475 sobre información pública y busca garantizar un derecho reconocido en la Constitución de la provincia de Buenos Aires en su artículo 12. «La intención de la legisladora es positiva«, señaló la funcionaria porteña, y aclaró que una ley de acceso a la información pública debe definir con claridad qué se entiende por acceso y cuál es su alcance para ser efectiva.
“Este proyecto tiene muchas cosas buenas: el objeto, la definición, la legitimación amplia, los principios, el alcance, los plazos, las excepciones previstas».
«Este proyecto tiene muchas cosas buenas: el objeto, la definición, la legitimación amplia, los principios, el alcance, los plazos y las excepciones previstas», completó en referencia a la solidez de la propuesta en cuanto a garantizar el acceso a la información pública.
La nueva normativa plantea que “el derecho de acceso a la información pública implica la libertad de acceder, solicitar, recibir, copiar, analizar, procesar y redistribuir información de los sujetos obligados”, entre los que se encuentran todos los órganos pertenecientes al Poder Ejecutivo, Legislativo y Judicial.
También abarca a otros organismos como la Contaduría General, Dirección General de Cultura y Educación, Fiscalía de Estado, Honorable Tribunal de Cuentas, Junta Electoral, Tesorería General, Defensoría del Pueblo de la Provincia de Buenos Aires y Consejo de la Magistratura.
Uno de los puntos más relevantes del proyecto es que no exige al solicitante justificar por qué o para qué requiere la información. Andía explicó que «en la medida en que la información sea pública, el Estado tiene la obligación de entregarla» y recalcó que «el proyecto no exige motivación alguna para solicitar los datos».
De esta manera, ante un requerimiento, cualquiera de estos organismos debería entregar toda la información que creó u obtuvo, que se encuentra en su posesión y bajo su control y tutela, registrada en cualquier fecha, forma y soporte. Y para responder la solicitud de información, los organismos tendrán un plazo no mayor a 15 días hábiles, prorrogable por única vez y en forma excepcional por otros 10 días.
Críticas al proyecto
Entre las observaciones al proyecto de ley, la titular del OGDAI presentó la necesidad de contar con autoridades de aplicación y órganos garantes en los tres poderes del Estado. «El proyecto solo contempla esta medida para el Poder Ejecutivo, pero sería fundamental que cada poder tuviera su propio órgano garante«, señaló.
Además, sugirió la creación de unidades con autonomía funcional y técnica que puedan supervisar el cumplimiento de la ley y atender los reclamos. «Un organismo independiente en cada poder garantizaría una mayor efectividad en la aplicación de la normativa», destacó Andía.
Consideró también que el proyecto puede mejorar en la definición de las autoridades responsables para asegurar una implementación más sólida.
Qué es la información pública
La información pública se refiere a todos los datos que el Estado produce, custodia o posee, y que resultan esenciales para desarrollar políticas públicas, brindar servicios o implementar prestaciones. Según la titular del órgano garante, «estos registros son fundamentales para la creación de políticas públicas y la provisión de servicios«.
El acceso a la información tiene dos dimensiones: una reactiva, en la que cualquier persona puede solicitar datos al Estado, y otra activa, que obliga a las instituciones públicas a presentar información relevante en sus portales web. Andía subrayó que “es crucial difundir este derecho, ya que su uso constante contribuye a mejorar y perfeccionar el sistema”.
Fuente: https://elauditor.info