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El Gobierno designó al abogado del policía Chocobar en la Comisión de Refugiados

Organizaciones de migrantes y defensoras de Derechos Humanos alertaron por el nombramiento a dedo de Fernando Soto, sin experiencia alguna en la materia. Además, el DNU inconstitucional que entorpece el otorgamiento de asilo a personas cuya vida y seguridad se encuentra en riesgo.

Canal Abierto | El Estado argentino tiene el deber velar por la integridad de las personas solicitantes de asilo y refugiadas cuya vida, seguridad y libertad se encuentran en riesgo en su país de origen, y garantizar el ejercicio de sus derechos en el territorio nacional. Sin embargo, en las últimas semanas el Gobierno de Javier Milei avanzó con dos medidas que le añaden a esta población aún más dificultades para acceder a sus derechos.

Así lo denunciaron hoy un conjunto de organizaciones de migrantes y defensoras de derechos humanos que trabajan en temas de movilidad humana. En primer lugar, apuntaron a la reforma que el Gobierno introdujo a la Ley de Reconocimiento y Protección al Refugiado mediante un Decreto de Necesidad y Urgencia. Esa modificación, de carácter “inconstitucional”, “vulnera el derecho al asilo y expone a las personas con necesidades de protección internacional a situaciones de mayor riesgo”, advirtieron.

Por otro lado, alertaron por la designación impulsada por la Ministra de Seguridad Patricia Bullrich, de Fernando Soto, abogado defensor del policía condenado por gatillo fácil, Luis Chocobar, para formar parte de la Comisión Nacional para los Refugiados, CONARE, un organismo encargado de otorgar o rechazar el estatuto de refugiado a las personas solicitantes.

Semanas atrás, las organizaciones firmantes -entre ellas, CAREF, el CELS y la Secretaría de Derechos Humanos de la CTA- y otra treintena de referentes en la materia habían presentado una impugnación a su nombramiento, debido a la “falta de idoneidad” de Soto para integrar un órgano que debe velar por la protección de los derechos humanos de las personas refugiadas y solicitantes de asilo.

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“Por el contrario -cuestionaron- el abogado Fernando Soto, como especialista en derecho penal, cuenta con una nutrida trayectoria en la defensa de policías acusados de gatillo fácil”. “Uno de los casos más emblemáticos es el del policía bonaerense Luis Chocobar, condenado a dos años de prisión en suspenso por el delito de homicidio agravado por el uso de arma de fuego cometido en exceso del cumplimiento del deber, en 2017. El segundo caso que podemos mencionar es la defensa que Soto brindó a Facundo Amendolara, el policía que le disparó y dejó al borde de la muerte al músico Santiago “Chano” Charpentier, luego de que éste, en medio de un brote psicótico, lo amenazara con un cuchillo”, añadieron.

“A pesar de haber expuesto razones técnicas y bien fundamentadas en el escrito de impugnación presentado ante el Ministerio de Seguridad, la semana pasada salió publicada en el Boletín Oficial la confirmación de la designación de Soto como comisionado, ignorando los argumentos de la sociedad civil”, lamentaron en el comunicado de repudio.

¿Independiente?

Cabe señalar que esta designación se da en el marco de una polémica que ya lleva meses, vinculada a la presencia en Argentina de ciudadanos brasileños condenados por la Justicia del vecino país por haber participado en el intento de golpe de Estado al Presidente Lula Da Silva, en enero de 2023, y que solicitaron ser acogidos en nuestro país como refugiados, alentados por las coincidencias ideológicas entre Milei y el bolsonarismo.

Sobre este tema, el vocero presidencial Manuel Adorni había señalado: “Hubo una confusión con respecto al tema de los posibles refugiados o personas que piden asilo: no depende de nosotros, ni se toman los casos iguales; cada caso es particular y cada caso se analiza. La Comisión correspondiente funciona de manera independiente y hace el análisis de cada caso en particular”.

Con la designación de Soto, alguien sin ninguna experiencia en la materia, que por tanto se infiere que fue ubicado a dedo por Patricia Bullrich, la promesa no intromisión también se pone en dudas.

La discriminación avanza

Esta semana, Manuel Adorni sumó más anuncios contra los migrantes. Afirmó que el Gobierno iba a introducir “una serie de modificaciones al régimen migratorio” para que las universidades y los hospitales públicos les puedan cobrar aranceles. No obstante, estas medidas son de escasa aplicabilidad: las casas de estudios tienen autonomía y los centros de salud dependen mayormente de municipios y provincias.

A esto se suma que el anuncio se hizo con información falsa. En su intento por justifican la relevancia de la medida, Adorni dijo que, por ejemplo, en Medicina, 1 de cada 3 estudiantes son extranjeros. Según datos oficiales, los migrantes no llegan a ser el 4,3% de la matrícula total de estudiantes universitarios en nuestro país.

Ergo, más que una utilidad práctica la medida parece más bien una copia a uno de los caballitos de la “batalla cultural” de la ultraderecha de la que Milei busca ser su máximo referentes.

En tanto, la modificación por decreto a la ley de refugiados sobre la que alertaron CAREF, el CELS y las demás organizaciones de Derechos Humanos sí tiene un poder de daño inmediato hacia las personas que solicitaron la protección del Estado argentino. Según explicaron, la modificación dispuesta:

– Reduce de manera drástica el plazo para interponer un recurso de apelación ante una decisión negativa de la CONARE, que pasa a ser de 5 días hábiles desde el momento de la notificación, mientras que la Ley 26.165 establecía un plazo de 10 días hábiles.

– Elimina la instancia administrativa para presentar un recurso por una decisión negativa de la CONARE. También elimina el dictámen jurídico que debía elaborar y presentar en cada caso la Secretaría de Derechos Humanos ante la instancia que revisaba la decisión de la CONARE dentro del ámbito administrativo. A partir del DNU, cada apelación se deberá tramitar directamente ante el Poder Judicial, procedimiento que deberá contar con todas las formalidades que ello implica: presentación por escrito, debidamente fundada y con patrocinio letrado.

– El DNU también impone a la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal el plazo de apenas 10 días para analizar y resolver cada uno de los recursos presentados, casos que pueden resultar de gran complejidad.

Las organizaciones también manifestaron su preocupación por la redacción discriminatoria y también falaz del DNU. “Resulta preocupante la referencia recurrente que hace el DNU a la delincuencia organizada transnacional, en el marco de una norma que pretende regular el procedimiento para el reconocimiento de las personas refugiadas”, señalaron.

“Sumado a ello, asocia de forma malintencionada y estigmatizante determinado origen nacional con la palabra terrorismo, la cual se reitera más de 10 veces a lo largo de los considerandos y el articulado de la norma. En ese sentido, el DNU menciona un supuesto incremento de solicitudes de asilo de personas provenientes de países de Medio Oriente, manipulando los datos que la propia Secretaría de la CONARE ha informado. A su vez, busca instalar un discurso discriminatorio y criminalizador en razón del lugar de procedencia u origen nacional de las personas que solicitan protección”, detallaron.

 

Fuente: https://canalabierto.com.ar

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