De que se trata

Diputados aprobó la Ley Bases en general y avanza la votación por capítulos

El oficialismo y sus aliados en Diputados consiguieron dar media sanción a una norma que conmueve al Estado en sus fundamentos, desregula la economía, elimina derechos laborales y favorece a los dueños y al capital trasnacional. Aquí, los detalles de la votación.

Redacción Canal Abierto | La Cámara de Diputados aprobó en general el proyecto del oficialismo de la denominada Ley Ómnibus o Ley Bases (Ley de Bases y Puntos de Partida para la Libertad de los Argentinos). La sanción del proyecto obtuvo 142 votos a favor, 106 en contra y 5 abstenciones.

El paquete de 232 artículos fue votado favorablemente por los diputados que integran el bloque oficialista de la Libertad Avanza (LLA), en su totalidad. Fue respaldado por los bloques del PRO, Hacemos Coalición Federal, conducido por Miguel Angel Pichetto -con la defección de los Socialistas de Santa Fe que votaron en contra, y la Cívica Mónica Frade que se abstuvo-, y la mayoría de la UCR que responde a Rodrigo de Loredo, con excepción de cuatro legisladores, entre ellos Facundo Manes, que se abstuvieron.

El bloque Innovación Federal que reúne a una decena de diputados de Misiones, Río Negro, Salta y Neuquén y el único diputado del Movimiento Popular Neuquino (MPN) también votaron afirmativamente.

Los votos en contra provinieron de la totalidad de los bloques de Unión por la Patria (UxP) y el Frente de Izquierda de los Trabajadores (FIT).

Tras 22 horas de debate, la votación del dictamen de mayoría a las 8.49 horas pareció no despertar los ánimos de vencedores ni vencidos. No hubo festejos. Inmediatamente, luego de discutir cuestiones de privilegio y cuestionamientos a la forma en que se llevaría adelante la votación -por capítulos, nominalmente o no, etc.- el presidente de la Cámara, Martín Menem arrancó con la votación en particular.

La votación en general voto a voto: Votación nominal de la Ley Bases

Facultades extraordinarias delegadas

Luego de aprobada la ley en general, se procedió a la votación nominal por capítulo. Con 134 votos afirmativos, 117 negativos y una abstención se aprobó el Capítulo I que brinda facultades extraordinarias para el presidente Javier Milei. Por el plazo de un año tendrá superpoderes tras la declaración de la emergencia pública administrativa, económica, financiera y energética. 

De esta forma el Presidente podrá: “modificar, transformar, unificar, disolver o liquidar los fondos fiduciarios públicos”; proceder a la reorganización, modificación o transformación de su estructura jurídica, centralización, fusión, escisión, disolución total o parcial, o transferencia a las provincias o a la CABA, de cualquier organismo público.

La ley preserva un listado de organismos sobre los que el Ejecutivo no podrá avanzar, de manera directa, aunque sabemos que sin financiamiento su fin sucederá por muerte lenta. Son los siguientes organismos: el CONICET; la Administración Nacional de Laboratorios e Institutos de Salud “Dr. Carlos G. Malbrán” (ANLIS); la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT); el Instituto de la Propiedad Industrial (INPI); el Instituto Nacional de Cine y Artes Audiovisuales (INCAA); Ente Nacional de Comunicaciones (ENACOM); la Autoridad Regulatoria Nuclear (ARN), la Comisión Nacional de Actividades Espaciales (CONAE); la Comisión Nacional de Energía Atómica (CNEA); la Comisión Nacional de Evaluación y Acreditación Universitaria (CONEAU); la Comisión Nacional de Valores (CNV); el INCUCAI; la Unidad de Información Financiera (UIF); y el Instituto Nacional de Tecnología Agropecuaria (INTA).

Están fuera de este listado, por citar un par emblemáticos para los trabajadores estatales, el INTI y el SENASA, en estos momentos de paro por 72 horas en rechazo a la ley Bases. El artículo 6, de este mismo capítulo titulado Reorganización administrativa, dentro del Título II, Reforma del Estado, habilita al Ejecutivo a intervenir a varios de estos organismos.

Privatizaciones

El Capítulo 2 de la Ley Bases, sobre privatización de empresas públicas, obtuvo la media sanción de Diputados con 138 votos a favor, 111 en contra y dos abstenciones. 

De las 40 empresas que se proponía privatizar Milei en el primer proyecto de Ley Ómnibus, se acordó un grupo de 9 en este dictamen, en dos grupos: las sujetas a privatización total son Aerolíneas Argentinas, Enarsa, Radio y Televisión Argentina e Intercargo. Agua y Saneamientos Argentinos (Aysa), Correo Argentino, Belgrano Cargas, Corredores Viales y Sociedad Operadora Ferroviera (Sofse) pueden ser privatizadas o concesionadas.

Mientras que Nucleoeléctrica Argentina S.A. (NASA), empresa que opera las centrales nucleares, y Yacimientos Carboníferos Río Turbio (YCRT) podrán incorporar inversiones privadas pero conservarán la mayoría de su paquete accionario en manos del estado.

Reforma Laboral

El Título V, Modernización laboral, fue aprobado con 136 votos afirmativos, 113 negativos y 4 abstenciones.

El oficialismo, corrido por derecha por sus aliados radicales y del PRO, aprobó entre otros puntos destacables:

  • el reemplazo del régimen de indemnizaciones por despidos por un fondo de cese que funciona como un seguro por el cual cada trabajador paga su posible indemnización por despido.
  • un virtual blanqueo laboral: Los empleadores podrán regularizar las relaciones laborales vigentes del sector privado no registradas o mal registradas. Se votó la extinción de toda acción penal prevista, condonación de las infracciones, multas y sanciones de cualquier naturaleza
  • modificaciones a la Ley de Contratos de Trabajo.
  • un regimen que permite que trabajadores autónomos y monotributistas contraten hasta 5 personas sin que se aplique relación de dependencia.

Adiós a la moratoria previsional

Se aprobó la eliminación de la última moratoria previsional. Esta permitía que se jubilaran las mujeres que por trabajar como amas de casa o en tareas de cuidado, no habían hecho los aportes necesarios para obtener su jubilación. Esta reparación histórica y de género fue desmantelada en la Cámara Baja.

Por otro lado, la norma pretende elevar la edad jubilatoria de las mujeres y crea el régimen de Prestación de Retiro Proporcional establece que establece en 65 años la edad para jubilarse de quienes no acrediten 30 años de aportes.

 

Fuente: https://canalabierto.com.ar

Publicaciones relacionadas

Botón volver arriba