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Cuáles son los puntos principales del proyecto de ley que modifica la fórmula de movilidad jubilatoria

En comunicación con Radio Universidad, el diputado nacional de Unión por la Patria y vicepresidente primero de la comisión de Previsión y Seguridad Social, Ricardo Herrera, se refirió a la norma que obtuvo media sanción en la Cámara.

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En comunicación con Radio Universidad, el diputado nacional de Unión por la Patria y vicepresidente primero de la comisión de Previsión y Seguridad Social, Ricardo Herrera, explicó los puntos principales del  proyecto de modificación de la fórmula de movilidad jubilatoria que ya obtuvo media sanción en la Cámara de Diputados.

En ese marco, puso el foco en los artículos que difieren del Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) 274/2024, impulsado en marzo por el Presidente Javier Milei. “Para nosotros, el Estado debe proteger, intervenir y regular la inequidad”, ponderó.  “¿Si no es el Estado, quién va a defender a las y los jubilados?”, indicó.

En ese sentido, expuso que “básicamente, lo que va a cambiar es el piso de la jubilación mínima que hoy está en 206.931 pesos con una discrecionalidad del Ejecutivo de un bono de 70.000 pesos”. “Lo que propusimos fue elevar ese piso y darle previsibilidad al jubilado, para que no dependa del Poder Ejecutivo”, sostuvo.

“Una canasta básica hoy es de 268.012 pesos para no ser pobre, por lo tanto jubilación mínima más bono está mas o menos empatado, pero nosotros proponemos canasta básica más un 1,09 por ciento, lo que llevaría el piso a 292.000 pesos”, profundizó.

Variables de la fórmula jubilatoria

Además, el legislador sumó que también “se incorporó” la variable RIPTE (variación salarial) y justificó que si se ata la fórmula de movilidad jubilatoria “solamente” al porcentaje de inflación, que se establece mediante el Índice de Precios al Consumidor (IPC) “se estaría condenando a los jubilados a la no recomposición de los haberes”.

“Si entendemos que el Gobierno va con una inflación a la baja, la economía empieza a recuperarse y los salarios comienzan a subir, los jubilados se quedarían encerrados en su numero, por lo tanto hay que atar la fórmula, también, a la variación de los salarios”, amplió. Así, insistió: “El haber jubilatorio debe ir atado a la evolución de los salarios”.

Según enunció, “se trata una revisión anual”. “Si el índice de inflación es más alto, queda consolidado el con el IPC, sino se realizará una comparación con el índice de variación salarial”, agregó.

Por último, resaltó que la ley “busca compensar la pérdida que sufrieron las y los jubilados en enero”. “La inflación había sido del 20,6 y el Ejecutivo otorgó un aumento del 12,5 por ciento, es por eso que la norma adiciona un 8,1 por ciento para remendar la pérdida”, cerró.

Fuente: https://www.el1digital.com.ar

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