De que se trata

Decretazo de Milei: Desregulación, privatizaciones y ataque a los trabajadores

Las medidas anunciadas fueron rápidamente leídas por la ciudadanía como un golpe a los que trabajan y no a la casta. Una movilización espontánea sacudió Buenos Aires y otros puntos del país. La CTA ratificó su jornada de lucha del viernes y hoy se reúnen las tres centrales sindicales con legisladores de UxP.

Redacción Canal Abierto | En cadena nacional, el presidente Javier Milei anunció ayer un megadecreto en el propone ante “la crisis terminal que enfrenta la economía argentina” unas “bases” para su “reconstrucción”. Estas incluyen 366 artículos, entre modificaciones y derogaciones de leyes ya tratadas y aprobadas por el Congreso de la Nación.

“Básicamente el gobierno está diciendo que el Congreso Nacional ya ni siquiera es una escribanía. Cumple un papel decorativo y sus facultades quedan reducidas a una mínima expresión. El poder para dictar leyes pasa a estar en cabeza de quien controla el Poder Ejecutivo”, escribió en sus redes Luis Campos, del Observatorio del Derecho Social de la CTA Autónoma, quien además publicó un hilo con un primer análisis de las medidas de carácter laboral.

“El DNU impone fuertes límites al ejercicio del derecho a huelga”, “se le otorgan amplias facultades a los empleadores para despedir con causa a trabajadores que participan en medidas de fuerza”, alertó. En el ámbito de las relaciones colectivas, advirtió sobre un “ataque frontal” a los sindicatos.

La ley de contrato de trabajo “pasa a ser una ley de segunda que según los casos podrá no aplicarse”, “se reduce la indemnización por despido y se habilita su reemplazo por fondos de cese laboral por vía de la negociación colectiva”, “se abre la puerta a desregular totalmente la jornada laboral vía negociación colectiva, con el único límite de 12 horas de descanso entre jornada y jornada”, son solo algunas de las consecuencias que enumera el especialista.

El primer punto mencionado por Milei al presentar el decretazo fue la derogación de la ley de Alquileres y la posibilidad de que los contratos puedan realizarse en moneda extranjera, algo ansiado desde hace tiempo por los representantes del poder inmobiliario. “Será el único país del mundo donde no habrá marco regulatorio para alquilar vivienda”, lamentaron desde Inquilinos Agrupados. La Federación de Inquilinos Nacional ya convocó a una manifestación para rechazar el decreto, hoy jueves a las 20hs en las distintas plazas del país.

El gran paquete desregulador incluye medidas que afectan directamente la vida y el bolsillo trabajador, como la derogación de la Ley de Góndolas y de la Ley de Abastecimiento, o la modificación al marco regulatorio de la medicina prepaga y las obras socialesy a la industria nacional, como la supresión de la Ley de Compre Nacional y Ley de Promoción Industrial y Promoción Comercial.

También se ataca de lleno la soberanía nacional: se deroga  la normativa que impide la privatización de las empresas, se implementa una Reforma del Código Aduanero, se deroga la Ley de Tierras, se brinda autorización para la cesión del paquete accionario total o parcial de Aerolíneas Argentinas y se vuelve a la fracasada política menemista y macrista de “cielos abiertos”.

La ciudadanía leyó rápidamente que el paquete de medidas era  una “bomba neutrónica” sobre “el pueblo argentino, sobre el congreso de la Nación, sobre la vida democrática y sobre las condiciones de vida de nuestro Pueblo”, como lo definió Hugo “Cachorro” Godoy, secretario general de la CTA, desde la movilización espontánea que se replicó en distintos barrios porteños y confluyó frente al Congreso. También hubo cacerolazos en distintas ciudades del país.

La responsabilidad que tenemos las distintas dirigencias es hacer que esta capacidad de nuestro Pueblo pueda multiplicarse para quebrar este plan de ajuste e impedir que este DNU que firmó Milei junto a todos sus ministros sea rechazado por el Congreso”, subrayó Godoy.

La CTA ratificó la jornada de lucha con asambleas y ollas populares en todo el país anunciada para el viernes 22, que en CABA se realizará a las 11 hs en el obelisco. Además, informó que hoy estará presente a las 13.30hs en el Congreso de la Nación para reunirse con el bloque de diputados y senadores de Unión por la Patria, junto a las demás centrales obreras.

Los 30 puntos mencionados por Milei:

  1. Derogación de la Ley de Alquileres. El DNU fija además que “los alquileres podrán establecerse en moneda de curso legal o en moneda extranjera, al libre arbitrio de las partes; las partes podrán pactar el ajuste del valor de los alquileres”, entre otras.
  1. Derogación de la Ley de Abastecimiento. Esta normativa tiene vigencia desde 1974 y fue modificada una sola vez, en 2014. Esta ley permite al Estado intervenir en el marcado en defensa de los consumidores, con la posibilidad incluso de establecer congelamiento de precios, entre otras cuestiones.
  1. Derogación de la Ley de Góndolas. Esta norma obliga a los supermercados a señalizar en góndolas físicas y virtuales los productos fabricados por pequeñas empresas y obliga a supermercados a poner de manera destacada el artículo de menor precio en categorías de consumo habitual.
  1. Derogación de la Ley del Compre Nacional. La norma otorga a los proveedores nacionales prioridad en las compras públicas y promueve procesos de transferencia tecnológica a favor de las empresas locales, brindando la posibilidad de insertarlos en cadenas globales de valor y favoreciendo su acceso a mercados internacionales.
  1. Derogación del Observatorio de Precios del Ministerio de Economía. El Observatorio de Precios y Disponibilidad de Insumos, Bienes y Servicios, es un organismo técnico que tiene el objetivo de monitorear, relevar y sistematizar los precios y la disponibilidad de insumos, bienes y servicios que son producidos, comercializados y prestados en el territorio de la Nación.
  1. Derogación de la Ley de Promoción Industrial. La Ley N° 23.614 instituyó un único sistema nacional de promoción industrial para el establecimiento de nuevas actividades industriales y la expansión, reconversión y modernización de las existentes, incluyendo además la protección de las pymes.
  1. Derogación de la Ley de Promoción Comercial. La Ley N. 18.425 de Promoción Comercial está destinada a la transformación estructural de los sistemas de comercialización, para lograr el cumplimiento de su función social con un máximo de eficiencia económica.
  1. Derogación de la normativa que impide la privatización de las empresas públicas.
  2. Derogación del régimen de sociedades del Estado. Con este cambio desaparecerán las figuras jurídicas de las Sociedades del Estado, reguladas por la Ley N° 20.705, las Empresas del Estado previstas en la Ley N° 13.653 y las Sociedades de Economía Mixta contempladas en el Decreto – Ley N° 15.349/46. Del mismo modo, se modifica el capítulo del Programa de Propiedad Participada de la Ley N° 23.696, a los fines de facilitar el traspaso de las acciones de las empresas actualmente estatales a sus empleados.
  1. Transformación de todas las empresas del Estado en sociedades anónimas para su posterior privatización.
  2. Modernización del régimen laboral. Los artículos que se modifican en este caso apuntan a simplificar los procesos de registración, aumentar el período de prueba de los trabajadores, redefinir la procedencia de los descuentos salariales convencionales, autorizar a las convenciones colectivas a explorar mecanismos de indemnización alternativos a cargo del empleador, revisar los criterios de ultractividad y evitar los bloqueos de actividades productivas.
  1. Reforma del Código Aduanero para “facilitar el comercio internacional”. Para ello, propone eliminar el registro de exportadores e importadores, que crea barreras artificiales que solamente encarecen los productos, con grave perjuicio para sus habitantes; digitalizar los trámites, rediseñar los procesos de retiro de mercadería y autorizar la declaración anticipada para facilitar las operaciones y asegurar su transparencia es necesario; y, a los fines de fomentar las inversiones, considera necesario eliminar también la posibilidad de imponer prohibiciones de importación y exportación económicas, entre otras cuestiones.
  1. Derogación de la Ley de Tierras. Ley 26.737 de Protección al Dominio Nacional sobre la Propiedad, Posesión o Tenencia de Tierras, tiene como objetivo determinar la titularidad, catastral y dominial, de la situación de posesión, bajo cualquier título o situación de hecho de las tierras rurales y regular, respecto de las personas físicas y jurídicas extranjeras, los límites a la titularidad y posesión de tierras rurales, cualquiera sea su destino de uso o producción.
  1. Modificación de la Ley de Manejo del Fuego. La Ley de Manejo del Fuego crea el Servicio Nacional de Manejo del Fuego, que organiza las tareas de prevención y combate de incendios de todo el país.
  1. Derogación de las obligaciones que los ingenios azucareros tienen en materia de producción azucarera. La Ley N° 18.770 de régimen de entregas de azúcar para consumo en el mercado interno.
  1. Liberación del régimen jurídico aplicable al sector vitivinícola. El DNU considera que la industria vitivinícola debe soportar el peso de una excesiva regulación, como ocurre con la Ley N° 18.600 de contratos de elaboración de vinos, la Ley N° 18.905 de política vitivinícola nacional y la Ley N° 22.667 de reconversión vitivinícola.
  1. Derogación del sistema nacional del comercio minero y del Banco de Información Minera. Esta decisión apunta a eliminar costos en el sector minero con la derogación de la Ley N° 24.523 del Sistema Nacional de Comercio Minero y la Ley N° 24.695 del Banco Nacional de Información Minera.
  1. Autorización para la cesión del paquete accionario total o parcial de Aerolíneas Argentinas.
    La aerolínea es una sociedad anónima y el gobierno planea la cesión de las acciones o bien a los empleados o bien a un operador privado. En este punto, el artículo 246 del DNU indica lo siguiente: “Autorizase la cesión, parcial o total, del paquete accionario de Aerolíneas Argentinas S.A. y Austral Líneas Aéreas – Cielos del Sur S.A. y de sus empresas controladas, a los empleados de las respectivas empresas de conformidad con el Programa de Propiedad Participada”.
  1. Implementación de la política de cielos abiertos. Se trata de un conjunto de normas que modifican la ley 17.285 el Código Aeronáutico en la cual se regula la política aerocomercial, permitiendo y simplificando los trámites para la llegada de nuevos operadores al mercado. El antecedente de esta decisión es la política de cielos abiertos que fue implementada durante el gobierno de Carlos Menem.
  1. Modificación del Código Civil y Comercial para reforzar el principio de libertad contractual entre las partes. En este punto, a través del artículo 252 del DNU, se establece, entre otras cosas, la libertad de contratación y se consagra la nueva redacción de la siguiente manera: “Las partes son libres para celebrar un contrato y determinar su contenido, dentro de los límites impuestos por la ley o el orden público”.
  1. Modificación del Código Civil y Comercial para garantizar que las obligaciones contraídas en moneda extranjera deban ser canceladas en la moneda pactada. En este punto el DNU apunta permitir que las operaciones pactadas en moneda extranjera se cumplan entregando la moneda designada en esa obligación, lo que da viabilidad a los contratos pactados en otras monedas que no sean la de curso legal en el país.
  1. Modificación al marco regulatorio de la medicina prepaga y las obras sociales.
  1. Eliminación de las restricciones de precios a la industria prepaga.
  1. Incorporación de las empresas de medicina prepaga al régimen de obras sociales. Una de las principales cláusulas que se incorporan en los artículos 311 y 312 del DNU es que “los trabajadores que inicien una relación laboral podrán ejercer el derecho de elección de agente del seguro de la Ley N° 23.661”. Al mismo tiempo, autoriza a que “los afiliados que hubieren cambiado de agente de seguro deberán permanecer en ella el tiempo mínimo que determine la Autoridad de Aplicación, el que nunca podrá ser superior a UN (1) año, y vencido ese plazo, podrán volver a ejercer esa opción”.
    En este apartado, el DNU elimina requisitos quitando facultades y el pago de determinados montos a la autoridad de aplicación.
  1. Establecimiento de la receta electrónica para agilizar el servicio y minimizar costos.
  1. Modificaciones al régimen de empresas farmacéuticas. En este punto el DNU establece que “la prescripción y dispensación de medicamentos, y toda otra prescripción, solo puedan ser redactadas y firmadas a través de plataformas electrónicas habilitadas a tal fin. Establece que puedan utilizarse plataformas de teleasistencia en salud, en todo el territorio nacional, de conformidad con la Ley N° 25.326 de Protección de los Datos Personales y la Ley N° 26.529 de Derechos del Paciente”.
  1. Modificación de la Ley de Sociedades para que los clubes de fútbol puedan convertirse en sociedades anónimas si así lo quisieran.
  1. Desregulación de los servicios de internet satelital. La norma modifica el artículo 34 de la ley de servicios de comunicación.
  1. Desregulación del sector turístico. Este punto deroga íntegramente la ley 18.828 de 1970 y la ley 26.356 de Tiempos Compartidos.
  1. Incorporación de herramientas digitales para trámites de los registros automotores.

Fuente: https://canalabierto.com.ar

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