El Gobierno modificó el régimen de venta de bienes del Estado y sumó nuevos actores
El decreto 176/2025 amplía los mecanismos de venta de bienes del Estado y habilita la participación de otras entidades en tasaciones y subastas.

El Gobierno nacional introdujo modificaciones en el régimen de liquidación de bienes del Estado y amplió los mecanismos para la tasación y subasta de estos inmuebles. A partir del decreto 176/2025, publicado en el Boletín Oficial, se permitirá la intervención de entidades bancarias públicas y otros organismos financieros en las operaciones.
Las modificaciones afectan el decreto 2670/2015 y establecen que el canon base de los bienes del Estado será determinado por el Tribunal de Tasaciones de la Nación, entidades bancarias públicas o instituciones que actúen como agentes financieros, que además serán las encargadas de definir el monto del canon y sus actualizaciones.
Además, otra de las novedades es que la Agencia de Administración de Bienes del Estado (AABE) deberá contar con una autorización previa del Ejecutivo para disponer y vender inmuebles. Según el decreto, la entidad también tendrá la facultad de aprobar los instrumentos de venta firmados antes de la entrada en vigencia de la nueva normativa.
En cuanto a la venta de propiedades mediante subasta o licitación, si bien el precio base será fijado según la valuación realizada por el Tribunal de Tasaciones o la entidad competente, la Agencia podrá prescindir de la fijación de una base previa si lo considera necesario, aunque deberá contar con una tasación oficial al momento de aprobar la operación.

En tanto, el decreto también habilita la venta directa de bienes del Estado en casos específicos, con previa autorización del Poder Ejecutivo Nacional. Este mecanismo se aplicará en situaciones particulares como la ocupación de más de cinco años en viviendas, comercios o industrias, la utilización del inmueble por cooperativas de vivienda para proyectos de interés social o cuando una fundación o asociación haya realizado mejoras de infraestructura en la propiedad.
En este marco, la resolución oficial establece requisitos para la celebración de convenios extraordinarios de regulación de la ocupación. Entre ellos, se destaca que el inmueble no debe ser considerado una reserva estratégica para proyectos del Estado nacional y que el ocupante debe ser una persona humana sin relación contractual vigente o con contrato vencido.
En los fundamentos de la norma, la actual administración nacional argumentó también que estos cambios buscan agilizar la gestión y administración de los bienes del Estado, ampliando los actores habilitados para realizar tasaciones y subastas. Además, desde el Gobierno libertario remarcaron que las modificaciones al decreto 2670/2015 buscan optimizar los procedimientos de administración y disposición de estos bienes.
Milei ya remató más de 300 bienes del Estado nacional
En octubre pasado, el presidente de la Nación, Javier Milei, dispuso a través del Decreto 950/24 publicado en el Boletín Oficial la venta de más de 300 inmuebles públicos en múltiples puntos del país. La iniciativa forma parte de “las medidas tendientes a eficientizar el rol del Estado” ya que, según se argumenta en la norma, los bienes del Estado en cuestión “resultan innecesarios”.

Como parte del programa económico de ajuste y “desgüace” de la estructura pública nacional que impulsa la gestión Milei, el Gobierno nacional habilita a la Agencia de Administración de Bienes del Estado (AABE) a impulsar “los procedimientos de enajenación” de un total de 309 propiedades que incluye terrenos ferroviarios, portuarios e industriales, campos, plantas de silo, cocheras y edificios urbanos.
En esta línea, desde la administración libertaria consideraron que “mantener ociosos” estos bienes “genera costos y gastos que deben evitarse”. Asimismo, desde Casa Rosada precisaron que desprenderse de ellos va a ayudar a “enfrentar la actual crisis económica y mejorar la eficiencia en la administración pública”.
Según el texto oficial firmado por el propio Milei y su jefe de gabinete, Guillermo Francos, el Gobierno promoverá la realización de los estudios técnicos, las regularizaciones, las adecuaciones, delimitaciones y desafectaciones que resulten necesarias para hacer efectiva la disposición de bienes del Estado ordenada.
En tanto, la AABE es un organismo descentralizado en el ámbito de la Jefatura de Gabinete y según explicitó la actual conducción nacional mediante el Decreto 636/2024 del 18 de julio, posee “plenas facultades para disponer, tramitar, aprobar y perfeccionar la venta de inmuebles del dominio privado del Estado nacional”.
El decreto que modifica la venta de Bienes del Estado
Fuente: https://diputadosbsas.com.ar