Preparan la desregulación del transporte de pasajeros de larga distancia
El Ministerio de Desregulación y Transformación del Estado y la Secretaría de Transporte están a punto de implementar un nuevo esquema operativo para las actuales y futuras empresas que brindan servicios de transporte de pasajeros de larga distancia, así como traslados a aeropuertos y terminales portuarias. Con la inminente desregulación del transporte en autobús, las empresas autorizadas tendrán total libertad para definir rutas, horarios, modalidades y tarifas tanto para servicios regulares como temporales.
Se creará un «Registro de Empresas Operadoras» que funcionará digitalmente. Esta desregulación introduce un cambio significativo, ya que las empresas dejarán de estar obligadas a usar terminales de pasajeros locales para salidas, paradas intermedias y llegadas.
En teoría, cada operadora podrá elegir libremente los puntos de inicio, recogida de pasajeros y destino final de sus viajes. Sin embargo, este cambio operativo solo se implementará si las provincias y municipios aceptan adherirse al nuevo marco normativo.
Otro cambio importante permitirá que cualquier empresa interesada pueda ofrecer servicios de enlace entre Aeroparque y Ezeiza, así como entre la Capital Federal y estas terminales aéreas.
Aspectos Clave de la Desregulación
El decreto desregulador, que está siendo finalizado por los técnicos del nuevo ministerio de Sturzenegger y del área de Transporte, incluirá las siguientes reformas:
Registro Digital de Empresas: Se creará un registro en línea para la inscripción y baja de servicios, permitiendo que personas jurídicas o físicas se inscriban como empresas de transporte de pasajeros. Las personas jurídicas deben estar constituidas bajo una figura societaria legal vigente y tener el transporte de pasajeros como objeto social. Las empresas extranjeras también podrán operar en igualdad de condiciones con las argentinas.
Capacidad de Transporte: Las empresas deberán informar sobre su capacidad de transporte, incluyendo cantidad y tipo de vehículos, oferta de asientos, seguros contratados y la nómina de conductores con licencias vigentes.
Datos de Pasajeros y Rutas: Las empresas deberán registrar los datos de cada pasajero, así como los detalles de origen, paradas intermedias y destino de los viajes.
Incorporación Automática: Las compañías de larga distancia ya operativas se incorporarán automáticamente al nuevo registro y deberán actualizar sus servicios según el nuevo esquema.
Transporte de Cargas y Correspondencia: Las empresas podrán transportar cargas y correspondencia según la normativa vigente.
Acuerdos de Uso Compartido: Se permitirá a las empresas establecer acuerdos para el uso compartido de vehículos y personal, cumpliendo con los seguros obligatorios.
Libertad de Rutas y Tarifas: Las empresas podrán definir libremente sus rutas, horarios, tarifas y modalidades, siempre cumpliendo con las normativas de seguridad.
Eliminación de la Obligación de Terminales: Las empresas no estarán obligadas a usar terminales específicas, pudiendo iniciar y finalizar sus viajes en cualquier lugar permitido.
Acceso a Aeropuertos y Puertos: Las empresas podrán operar en puertos, aeropuertos y aeródromos nacionales, y las concesionarias deberán facilitar instalaciones para atención al público y operaciones.
Este nuevo marco regulatorio busca fomentar la competencia y mejorar los servicios de transporte de larga distancia en el país, aunque su implementación dependerá de la colaboración de las autoridades provinciales y locales. (InfoGEI)Ac
Fuente: https://infogei.com