Economia

Programa Crédito Fiscal: cómo es el plan de incentivos para formación laboral del Gobierno

El programa establece un cupo total de 400 millones de pesos y la emisión de bonos fiscales que las empresas podrán utilizar para cancelar impuestos nacionales.

Este lunes, a través de la Resolución 437/2025, publicada en el Boletín Oficial, la Secretaría de Trabajo, Empleo y Seguridad Social oficializó la apertura del Programa Crédito Fiscal 2025. La propuesta está dirigida a la capacitación de trabajadores ocupados y desocupados, además de mejorar la competitividad de empresas y cooperativas de todo el país.

El programa, dependiente del Ministerio de Capital Humano, establece un cupo total de 400 millones de pesos y la emisión de bonos fiscales que las empresas podrán utilizar para cancelar impuestos nacionales, según las disposiciones de ARCA. Las firmas interesadas deberán presentar proyectos de formación profesional que promuevan la inserción de desempleados.

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La iniciativa, destinada a grandes empresas, MiPyMEs y cooperativas de trabajo, deben presentar sus propuestas y, en caso de que éstas sean aprobadas, recibirán un bono fiscal transferible, que se podrá aplicar al pago de impuestos nacionales. No obstante, los montos máximos de este bono varían según el tamaño de cada empresa:

  • MiPyMEs y Cooperativas: podrán financiar hasta el 30 por ciento de la masa salarial anual, con un tope de 6.000.000 de pesos, ampliable a 10.000.000 si incluye la formación de personas desocupadas.
  • Grandes empresas: podrán financiar hasta el 0,8 por ciento de su masa salarial, también con un tope de 6.000.000 de pesos.

Cómo son las capacitaciones

De acuerdo a la normativa, las capacitaciones del programa se podrán dictar de forma presencialvirtual sincrónica, semipresencial o autoasistida. La duración de los encuentros es de entre 8 y 120 horas. Entre otras cosas, se provee de equipamiento para instituciones formadoras, siempre que no supere el 50 por ciento del presupuesto del curso.

Sobre las propuestas, pueden ser de formación cerrada (a medida de la empresa) o abierta (de oferta general). Estas ideas serán evaluadas bajo los criterios de pertinencia, calidad curricular, impacto socioproductivo y orientación hacia sectores estratégicos, como metalurgia, construcción, autopartista y economía del conocimiento).

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Los proyectos se tendrán que presentar mediante la Plataforma Crédito Fiscal y se deberán formalizar en la Plataforma TAD (Trámites a Distancia) con la documentación requerida. El plazo máximo de las capacitaciones es de seis meses. Se dará prioridad a las presentaciones que incluyan formación para personas desocupadas y/o beneficien la cadena de valor.

Qué empresas pueden participar

Vale destacar que, para acceder al programa, es fundamental que las empresas estén inscriptas en el Registro de Instituciones de Capacitación y Empleo (REGICE). No obstante, las compañías se pueden asociar con organismos adherentes, como entidades de formación profesional, agrupamientos industriales y/o asociaciones sectoriales.

En este sentido, quedan excluidas del acceso al plan las firmas que figuran en el Registro Público de Empleadores con Sanciones Laborales (REPSAL). Asimismo, tampoco podrán participar aquellos lugares que tengan como actividad principal la intermediación financiera o seguros, salvo las excepciones que menciona la resolución.

Fuente: https://www.el1digital.com.ar

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