De que se trata

Punto por punto: cuáles son las medidas económicas de la Ley Ómnibus

Con la desregulación de la economía como punto principal, la “Ley de Bases y Puntos de Partida para la Libertad de los Argentinos” presenta blanqueo de capitales, de trabajadores, moratorias, entre otros ítems.

Este miércoles, el Gobierno envió al Congreso el proyecto de “Ley de Bases y Puntos de Partida para la Libertad de los Argentinos”, también conocida como Ley Ómnibus, con 664 artículos que tienen como principal eje realizar cambios profundos en materia impositiva y fiscal, entre otros. Por lo tanto, a continuación, se detalla punto por punto.

Blanqueo de capitales

Se permitirá regularizar hasta 100.000 dólares en efectivo, inmuebles o criptomonedas sin tener que pagar impuestos. El plazo para acceder al régimen de blanqueo se hará en tres etapas y será hasta el 30 de noviembre del año próximo. No se deberá “aportar documentación o información adicional respecto de la adhesión al régimen”.

Lo más importante de esta medida es que se podrán blanquear la mayoría de los bienes, sin importar si están dentro o fuera del país. Al régimen también ingresan: acciones, participación en sociedades, bonos, obligaciones negociables, certificados de depósito en custodia, cuotas partes de fondos y otros similares.

Asimismo, se especificaron las etapas del blanqueo: la primera, inicia desde el día siguiente a la entrada en vigencia de la reglamentación hasta el 31 de marzo próximo, y se deberá abonar una alícuota de cinco por ciento con una prórroga hasta el 31 de mayo para regularizar el resto del impuesto.

La segunda etapa será desde 1 de abril hasta el 30 de junio, con una alícuota del diez por ciento y con prórroga hasta el 31 de agosto. La última etapa tendrá lugar entre julio y septiembre, y la alícuota será del 15 por ciento.

Moratoria impositiva

Busca modificar el régimen de regularización de obligaciones tributarias, aduaneras y de la seguridad social. “Se prevé la posibilidad de que los contribuyentes y responsables se acojan al régimen, obteniendo distintos beneficios según la modalidad de la adhesión y el tipo de deuda que registren”, señala el escrito.

Los contribuyentes podrán adoptar la moratoria desde la fecha de entrada en vigencia de la reglamentación que dicte la AFIP y hasta transcurrido 150 días corridos para las obligaciones tributarias vencidas al 30 de noviembre del 2023. Al suscribirse se suspenderán las acciones penales tributarias, aduaneras y de los recursos de la seguridad social en curso.

Además, se condonarán entre el diez hasta el 50 por ciento de los intereses resarcitorios y punitorios de los contribuyentes que se adhieran antes de los 90 días de que el régimen entre en vigencia y paga al contado; si paga un plan de facilidades y si se adhiere a partir del día 91. Cada porcentaje dependerá de cada caso.

Bienes Personales

Se eliminará el diferencial de alícuotas por tener activos en el exterior. Para el proyecto de ley, “todo el patrimonio quedaría alcanzado por igual en cuanto al nivel de la imposición”, en otras palabras, regirá la misma carga impositiva que si los bienes se encontraran en el país.

Sin embargo, para los bienes posteriores a 2023, se busca simplificar la tabla fiscal de manera progresiva hasta que por el impuesto correspondiente a 2027 quedarían todos los patrimonios alcanzados por una alícuota de 0,5 por ciento.

Asimismo, prevé una “dinámica” de actualización de los importes. Por un lado, el monto que sean en concepto de anticipo abonado previo al 1 de enero, generara un interés compensatorio a favor del fisco en valor a la tasa de interés para plazos fijos en el Banco Nación a 30 días hasta el día previo al vencimiento de la presentación de la declaración jurada. Por otra parte, los anticipos posteriores al 1 de enero generarán incremento a favor del contribuyente.

Privatización de empresas públicas

“Atendiendo la necesidad de concentrar la actividad del Estado en sus funciones esenciales, se dispone la privatización de determinadas empresas públicas, en el marco de la normativa al efecto vigente de la ley N° 23.696 de Reforma del Estado, con el fin de generar mayor competencia y eficiencia económica, reducir la carga fiscal, mejorar la calidad de los servicios, promover la inversión privada y profesionalizar la gestión delas empresa”, detalló el escrito.

Si bien hay un anexo donde se detallan todas las empresas del Estado que pasaran a manos privadas, algunas de las más reconocidas son: como Aerolíneas Argentinas, el Correo Argentino, Ferrocarriles Argentinos, AySA e YPF.

Retenciones

Es para los productos que, actualmente, no pagan derechos de exportación. Pasarán a tributar un 15 por ciento. En el caso de la soja, seguirá con el 33 por ciento, pero en el caso de la harina y el aceite la alícuota pasará del 31 al 33 por ciento.

Energía

Lo más relevante en la propuesta es la modificación en relación a los precios de los combustibles, gas y petróleo, ya que se busca que, el Poder Ejecutivo no intervendrá o fijará los precios de comercialización en el mercado interno. Además, las empresas no deberán cumplir con una cuota para el mercado interno y no estarán en la obligación de abastecerlo y se les permitirá exportar.

Importaciones

Se desgravarán los productos importados para uso personal que los viajeros traen del exterior sin fines comerciales a pesar de superar el tope de 500 dólares.

Ley de Defensa de la Competencia

A través del artículo 61 el proyecto busca derogar la Ley N° 27.442 de Defensa de la Competencia y reemplazarla por una nueva normativa que buscaría “simplificar” y “tipificar mejor” las violaciones entre empresas y otras cuestiones que perjudican a los consumidores.

Turismo

El proyecto de Ley pretende suprimir la caracterización del turismo como “un derecho social y económico” de la población y también la derogación de la obligación del Estado nacional para “elaborar obras públicas turísticas”. Por otra parte, busca “impulsar e incentivar las inversiones privadas” ya sea de capitales nacionales como extranjeros.

Deuda externa

La normativa en revisión busca la derogación de uno de los artículos de la ley 27.612, también conocida en aquel momento como la “ley Guzmán”, que pone un límite a la toma de deuda en dólares y quitar la obligatoriedad del Poder Ejecutivo de pedir permiso al Congreso para tomar deuda en divisa extrajera. Sin embargo, dejará vigente el artículo que limita la toma de deuda con el Fondo Monetario Internacional (FMI).

Subsidios energéticos

El Poder Ejecutivo podrá “crear, modificar, transformar y/o eliminar los fondos fiduciarios del sector energético inclusive los destinados a subsidios, revisando procedencia y destino de los mismos, con el fin de garantizar una mayor eficacia y eficiencia en la asignación de los recursos que los integran y en el control al momento de su implementación y aplicación”. Por lo tanto, no deberá pasar por el Congreso la revisión del origen y destino de los fondos destinados a los subsidios energéticos.

Jubilaciones

La Ley Ómnibus pretende derogar la actual fórmula de movilidad previsional, que realiza un ajuste los haberes de jubilados, pensionados y beneficiarios de la seguridad social cada tres meses para que, en forma provisoria, se reemplace por aumentos definidos por decreto.

Blanqueo laboral

Se le condonarán multas, sanciones y otros beneficios a los empleadores que regularicen las relaciones laborales vigentes y que hayan iniciado antes que la promulgación de la ley.

Fuente: https://www.el1digital.com.ar

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