De que se trata

Un tribunal frenó el Capítulo del DNU 70/23 que modifica la regulación del Instituto Nacional de la Yerba Mate

La Cámara Federal de Posadas avaló el pronunciamiento de un juez de primera instancia de dejar sin efecto el DNU 70/2023 que pretendía suprimir regulaciones fundamentales que afectan la producción, industrialización y comercialización de la yerba mate, así como cambiar la organización y las funciones del Instituto Nacional de la Yerba Mate (Inym).

El fllo que recibió el apoyo del tribunal de segunda instancia fue dispuesto por la jueza en lo Civil y Comercial Nº 8 de Posadas, Adriana Beatriz Fiori, que en 13 de enero pasado dictó una medida cautelar para suspender los efectos del Capítulo I – Instituto Nacional de la Yerba Mate (Ley N.º 25.564) -arts. 164 al 168- DNU 70/2023.

“La jueza Fiori dictaminó una medida cautelar de prohibición de innovar, lo que significa que todo debe permanecer exactamente igual que antes de la entrada en vigor del DNU, dejando sin efecto el capítulo completo, compuesto por cuatro artículos”, explicó a Somos Télam el abogado Luis Adrián Oudin, quien asesoró a los productores yerbateros que solicitaron la medida cautelar.

Esto comprende cuatro artículos que abarcaban la desregulación en toda la cadena productiva, como la supresión de registros de identificación de la producción y comercialización de la yerba mate, así como la promoción de formas asociativas entre los productores primarios y las cooperativas yerbateras.

La norma dictada por el presidente Javier Milei también suprimía la obligación de llevar a cabo acuerdos semestrales entre los diferentes sectores participantes del Instituto Nacional de la Yerba Mate (INYM) para regular el precio de la materia prima, además de eliminar la creación de fondos con propósitos específicos a través del INYM.

Foto inym.org.ar

Al fundamentar la decisión la Cámara se basó en dos premisas: la falta de una justificación “clara” y “detallada” por parte del Estado nacional para las modificaciones propuestas y la necesidad de proteger el derecho a la salud integral de los pequeños productores yerbateros.

“Los productores del sector estaban dentro de un convenio en el que el Instituto de Previsión Social de la provincia de Misiones que garantizaba una obra social financiada entre el Estado provincial y el Instituto. Sin embargo, la entrada en vigor del DNU implicó la desfinanciación del Instituto Nacional de la Yerba Mate (INYM) y la apropiación de sus activos por parte del Tesoro nacional”, detalló Oudin.

Los argumentos

La jueza de grado fundamentó su decisión en la necesidad de garantizar el efectivo derecho a la salud integral de un grupo vulnerable constituido por los pequeños productores yerbateros, por lo que ordenó la suspensión de los artículos del DNU 70/23 y de toda normativa o acto dictado en su cumplimiento específicamente, en búsqueda de no modificar ni alterar la estructura, funciones y atribuciones del Instituto Nacional de la Yerba Mate.

Foto WEB

El letrado señaló que si bien el recurso de amparo puso el foco en la defensa del derecho a la salud de los productores y sus familias, quienes se encuentran en una posición de vulnerabilidad al carecer de acceso a cobertura médica adecuada.

La medida cautelar se mantendrá vigente hasta que se emita una sentencia definitiva, la cual puede ser a favor o en contra de la acción de amparo. En caso de ser favorable, la medida cautelar se convertirá en una sentencia que establece la no aplicabilidad del capítulo completo del DNU”, explicó el abogado.

Oudin señaló el fallo de primera instancia y el del tribunal de alzada no se refieren de manera  explícita sobre el tema precios, algo contemplado en la Ley N°25.564 que fue modificado por  el DNU.

Frente a esto, desde el INYM analizan con asesores jurídicos la decisión judicial de solicitar que se fijen los precios de referencia, tal como establece la Ley de creación del instituto.

Sobre los próximos pasos que se pueden dar, Oudin indicó que el gobierno nacional tiene hasta el lunes -15 de abril- para apelar el fallo del tribunal ante la Corte Suprema.

Foto inym.org.ar

“El martes o el viernes de la semana próxima, tendremos claridad sobre si el gobierno ha ejercido su derecho de apelación ante la Corte Suprema o si el caso vuelve a primera instancia para seguir con el proceso del amparo”, anticipó.

La implementación de este DNU conlleva a que el Inym pierda la capacidad para regular la oferta y demanda, y limitar la producción en colaboración con la Secretaría de Agricultura

Además, se eliminaría la exclusividad del fraccionamiento de yerba mate en Misiones y Corrientes, permitiendo a otras provincias comprar materia prima para industrializarse fuera de la región (contradiciendo la promoción del Régimen de Envasado en Origen de la Yerba Mate en la región productora)

Por último, sin la estampilla que certifica el pago de la tasa de inspección y fiscalización, ya no se podría decomisar la yerba que se esté transportando, exhibiendo y comercializando y se perderá la principal fuente de financiamiento del Inym.

A este contexto, se le suma la reciente renuncia de Jonás Petterson como director administrativo del Inym, quien aclaró que no abandona su lugar en el directorio.

“Cabe aclarar que mi renuncia fue a la función de Director Administrativo a cargo del INYM, no así a Director por la Producción en el INYM, y los motivos fueron la falta de decisión y coraje de algunos de los demás Directores al momento de avanzar en temas que deben ser atendidos con urgencia”, disparó Peterson en su cuenta personal de X.

Con la renuncia de Petterson, Nelson Dalcolmo asumirá como Director Administrativo del Inym, mientras se aguarda la designación de un nuevo presidente del Inym por parte del Gobierno Nacional, lo cual será crucial para garantizar la continuidad de las operaciones del Instituto y de la industria del sector.

En esta misma línea, el productor apuntó al reciente fallo de la Cámara Federal de Posadas, señalando que gracias al amparo judicial, el pleno funcionamiento del Inym se mantiene a pesar de la oposición de ciertos intereses.

 

Fuente: https://somostelam.com.ar

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